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Boletín N°102

¡Hola Socio!

Revisa aquí las normas legales publicadas en el Diario Oficial El Peruano, durante el fin de semana.

Resumen de las Normas:

Resolución Ministerial N.º 00050-2021-PRODUCE disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre Bolsas de Plástico Biodegradables

El proyecto de Reglamento Técnico tiene por finalidad establecer los requisitos técnicos y de etiquetado de las bolsas de plástico biodegradables, para que su degradación no genere contaminación por microplásticos o sustancias peligrosas; orientado a un modelo de economía circular. La finalidad es mitigar los riesgos e impactos negativos al ambiente y a la salud.

Es de obligatorio cumplimiento para las personas naturales y jurídicas que fabriquen en el país para consumo interno, importen, distribuyan o comercialicen bolsas de plástico biodegradables, con asa o sin asa, en las que el plástico biodegradable es un constituyente significativo; que hayan sido diseñadas o sean utilizadas por los consumidores o usuarios para cargar o llevar bienes.

El plazo para presentar comentarios es hasta el 13/05/21.

Decreto Supremo N.º 005-2021-RE que aprueba el “Reglamento de los Procedimientos Administrativos de Legalización y Apostilla”

Regula los requisitos y condiciones de los procedimientos administrativos de Legalización y Apostilla.

El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá usar el servicio de validación de firma digital, provista por la Secretaría de Gobierno Digital, para automatizar la verificación de la cadena de certificaciones de documentos públicos firmados digitalmente, en el marco de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica (IOFE) u otros

Los procedimientos administrativos de Legalización y Apostilla se brindan en dos modalidades: 1.- Modalidad Presencial: Legalización o Apostilla, según corresponda, de documentos impresos y firmados de forma manuscrita o emitidos con firma digital.

2.- Modalidad Digital: Legalización o Apostilla, según corresponda, de documentos emitidos o certificados con firma digital.

a Legalización y Apostilla, en cualquiera de sus modalidades son expedidas en un plazo de cinco días hábiles, a partir de presentado o enviado el documento que se requiere legalizar o apostillar y los requisitos establecidos en el presente reglamento.”

 
 
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