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Boletín N°120

¡Hola Socio!

Revisa aquí las normas legales publicadas en el Diario Oficial El Peruano, hoy 14 de mayo.

Resumen de las Normas:

Ley N° 31194 Ley que modifica el artículo 21-A de la Ley N° 26887 Ley General de Sociedades a fin de regular las sesiones no presenciales y el ejercicio de los derechos de voz y voto no presenciales en las sociedades y dicta otras disposiciones

Los órganos de las sociedades podrán realizar sesiones no presenciales, con la misma validez que las sesiones presenciales, a través de medios electrónicos u otros de naturaleza similar, de conformidad con lo establecido en su estatuto, garantizando la identificación, comunicación, participación, el ejercicio de los derechos de voz y voto de sus miembros y el correcto desarrollo de la sesión.
No es aplicable cuando exista una prohibición legal o estatutaria.

Las sesiones no presenciales podrán ser convocadas por medios electrónicos u otros de naturaleza similar que permitan la obtención de la constancia de recepción

Las actas de las sesiones no presenciales deberán estar firmadas por escrito o digitalmente por quienes están obligados conforme a ley o su estatuto, e insertadas en el libro de actas correspondiente.

Estas podrán estar almacenadas en medios electrónicos u otros de naturaleza similar que garanticen la conservación del soporte, así como la autenticidad y legitimidad de los acuerdos adoptados.

El ejercicio del derecho de voto no presencial, en sesiones presenciales o no presenciales, se podrá realizar a través de firma digital, medios electrónicos u otros de naturaleza similar, o por medio escrito con firma legalizada.

Decreto Supremo N° 011-2021-EM que aprueba disposiciones para promover el desarrollo de auditorías energéticas

Se establecen disposiciones para el desarrollo de auditorías energéticas y la certificación de auditores energéticos, con la finalidad de promover la eficiencia en el uso de la energía en las entidades y empresas del Estado, así como en las empresas privadas, con el fin de coadyuvar a reducir el consumo de energía, disminuir la emisión de gases de efecto invernadero y otros contaminantes. Las empresas privadas podrán requerir realizar auditorías energéticas a sus instalaciones.

 
 
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