Boletín N°163
¡Hola Socio!
Revisa aquí el resumen de las normas legales más relevantes publicadas esta semana en el Diario Oficial El Peruano.
Resumen de las normas:
Decreto Supremo Nº 015-2022-SA que prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009- 2021-SA, N° 025-2021-SA y N° 003-2022-SA
Se prorroga, a partir del 29 de agosto de 2022, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria.
Decreto Supremo Nº 101-2022-PCM que modifica el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM.
Los cambios más resaltantes son:
- Se deja establecida expresamente la obligación para los proveedores, quienes deben responder a los reclamos y las quejas de los consumidores.
- Se establece que el plazo para dar respuesta a reclamos y quejas es de quince (15) días hábiles, sin posibilidad de prórroga.
- La respuesta de los proveedores debe ser mediante comunicación escrita, ya sea vía carta y/o correo electrónico, según lo solicitado por el consumidor.
- Se redujo de 10 a 5 días la suspensión del plazo de respuesta si esta es realizada de manera no presencial.
- Debe modificarse el formato de la Hoja de Reclamaciones para que se incluya la obligación de atender el reclamo en 15 días útiles.
Decreto Supremo Nº 015-2022-TR que modifica el Reglamento de la Ley General de inspección del Trabajo, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2006-TR
Incorpora nuevas infracciones que se prevén en la reciente modificación al régimen de servicios de tercerización al Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.
Faltas muy graves:
- Usar la figura de tercerización laboral para desarrollo de actividades que forman parte del núcleo del negocio, desarrollo de actividades distintas a las actividades principales, y simple provisión de personal.
- No adecuación de contratos actuales a las modificaciones.
Faltas graves:
- Incumplimientos en inclusión de contenido en los contratos de trabajo de los trabajadores de la empresa tercerizadora.
- Incumplimientos al momento de informar.
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