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Boletín N°165

¡Hola Socio!

Revisa aquí el resumen de las normas legales más relevantes publicadas esta semana en el Diario Oficial El Peruano.

Resumen de las normas:

Circular No. 0024-2022-BCRP: Aprueban Reglamento de Interoperabilidad de los Servicios de Pago provistos por los Proveedores, Acuerdos y Sistemas de Pagos

El Reglamento tiene por objetivo establecer las condiciones y oportunidades para la Interoperabilidad de los Servicios de Pago provistos por los bancos, empresas financieras, y cajas municipales de ahorro y crédito: i) Billeteras digitales, ii) Funcionalidades de pago inmediato embebidas en aplicaciones de banca móvil, iii) Servicio de transferencias inmediatas en aplicaciones de banca móvil y iv) Otros que el BCRP determine.

Decreto Supremo N° 233-2022-EF: Modifican Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta

Este Decreto se refiere a la justificación de los incrementos patrimoniales provenientes de préstamos de dinero. Dispone que la persona que recibe el mutuo de dinero debe:

  • Comunicar a la SUNAT si quien entrega el monto de dinero en mutuo es residente de un país o territorio no cooperante, o de baja o nula imposición, o se trata de un establecimiento permanente situado o establecido en tales países o territorios y/o,
  • Comunicar si el mutuo de dinero se ha canalizado a través de empresas bancarias o financieras, residentes de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición, o establecimientos permanentes situados o establecidos en tales países o territorios.
La SUNAT deberá establecer la forma, plazo, condiciones y monto mínimo a partir del cual se presentará dicha comunicación.

La vigencia de la norma será a partir del 01 de enero del 2023.

Resolución Legislativa N° 31580 que aprueba la convención para homologar el tratamiento impositivo previsto en los convenios para evitar la doble imposición suscritos entre los Estados Parte del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico

Esta Convención se suscribió el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia, México y Perú). Se dispone un protocolo y mecanismo de cómo se modificarán los Convenios de Doble Imposición existentes entre los cuatro países.

 
 
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