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Boletín N°38

¡Hola Socio!

Revisa aquí los proyectos de ley presentados en el Congreso de la República que podrían ser de interés.

Resumen de los proyectos:

  • Proyecto de Ley 05163/2020-CR Propone crear un impuesto que grava el patrimonio neto personal de las personas naturales.

    Se crea un impuesto que grava el patrimonio neto personal de las personas naturales. Los patrimonios afectos son los patrimonios cuyo valor supere las 400 UIT. Son sujetos pasivos del impuesto las personas naturales domiciliadas en el Perú.

    Los activos gravables son:

    • Inmuebles: por el valor comercial establecido al 1 de enero del año al que corresponda la obligación tributaria
    • Vehículos automotores: por el valor comercial establecido al 1 de enero del año al que corresponda la obligación tributaria
    • Acciones y bonos: por su último valor de cotización bursátil al último día hábil previo a la determinación del impuesto
    • Depósitos bancarios y créditos existentes al 1 de enero del año que corresponde la obligación tributaria
    • Objetos de colección, obras de arte y joyas cuyo valor supere el equivalente de 2 UIT
    • Otros títulos financieros que se establezca en el reglamento

    No están comprendidos los bienes muebles que formen parte del Patrimonio Cultural de la Nación. Se pueden deducir los pasivos asociados a los activos más arriba indicados.

    Tasas

    Patrimonio Neto Tasa
    Hasta 400 UIT 0
    Por el exceso de 400 UIT hasta 700 UIT 1%
    Por el exceso de 700 UIT hasta 1000 UIT 2%
    Por el exceso de 1000 UIT hasta 1300 UIT 3%
    Por el exceso de 1300 UIT hasta 1600 UIT 4%
    Por el exceso de 1600 UIT 5%

    Se determina el 1 de enero de cada ejercicio fiscal mediante la declaración jurada patrimonial.


  • Propone Ley que deroga la Constitución Política de 1993 y restablece la Constitución Política de 1979

    Se declara la derogación de la Constitución Política de 1993, con excepción del Título IV relativo a la “Estructura del Estado” hasta que sea sustituido por una nueva Constitución. Se declara el restablecimiento de la Constitución Política de 1979. Se convoca a la Asamblea Constituyente para elaborar y aprobar una nueva constitución en el plazo de 6 meses de instalada.
 
 
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