Boletín N°49
¡Hola Socio!
Revisa aquí las normas legales publicadas en el Diario Oficial El Peruano esta mañana.
Resumen de las normas:
- Resolución Ministerial N.º 0123-2020-MINAGRI Disponen la publicación del proyecto normativo denominado “Reglamento Interno Sectorial sobre Seguridad de la Biotecnología para el Desarrollo de Actividades con Organismos Vivos Modificados para el Sector Agrario (RISBA)”
El proyecto no ha sido puesto a disposición del público aún.
- Resolución Ministerial No. 099-2020-TR Aprueban el documento denominado Declaración Jurada a que se refiere el numeral 8.3 del artículo 8 del D.S No. 083-2020-PCM
Previamente a la presentación de la Declaración Jurada al trabajador solicita a su empleador, por medios físicos, digitales o virtuales, la emisión del certificado de aptitud validad por el médico responsable de la vigilancia de la salud o quien haga sus veces en el centro de trabajo, quien bajo criterio medico autoriza la realización de labores presenciales.
El empleador deberá enviar el certificado de aptitud validado, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes de formulada la solicitud. A su vez, éste informará al trabajador que la realización de labores presenciales que le asignen no incrementa su exposición a riesgo.
El trabajador remite a su empleador la Declaración Jurada debidamente firmada, en un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas, previo al reinicio de la prestación de labores presencial en el centro de trabajo.
Con anterioridad a la prestación de labores presencial en el centro de trabajo, el empleador devuelve al trabajador la Declaración Jurada, con la firma de su representante legal y del médico responsable de la vigilancia de la salud, o quien haga veces en el centro de trabajo en señal de aceptación y conformidad. El plazo máximo de devolución es de veinticuatro horas previo al reinicio de la prestación de labores.
Para la emisión, firma y remisión de la Declaración Jurada, los/las trabajadores/as y empleadores/as pueden hacer uso de tecnologías de digitalización y comunicación para la sustitución de documentos físicos y firmas ológrafas.
Sin perjuicio de la suscripción por parte del trabajador de la Declaración Jurada el empleador mantiene la plena responsabilidad por la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y por el cabal cumplimiento de sus obligaciones.
El empleador se obliga a conservar, por medios físicos, digitales o virtuales una copia de la Declaración Jurada a fin de exponerla ante una eventual fiscalización.
La autoridad inspectiva de Trabajo, en el ámbito de sus competencias, ejerce labores de prevención, supervisión, fiscalización y sanción del cumplimiento de la resolución.
- Resolución de Superintendente N.º 045-2020-SMV/02 Establecen, por excepción, plazos y fechas límites de presentación de la información financiera e información complementaria de las sociedades agentes de bolsa a la SMV
La presentación de la información financiera e información complementaria correspondiente al mes de mayo de 2020 y en adelante, se efectuará conforme a los plazos establecidos en el Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado mediante Resolución SMV N.º 034-2015-SMV/01 y sus modificatorias.
- Se presentaron el 26 y 27 del corriente en el Congreso los Proyectos de Ley que tienen incidencia en el clima de inversión:
Proyecto de Ley 05362/2020-CR Proyecto de Ley de protección penal del consumidor contra el abuso de poder económico, la especulación y el acaparamiento - Podemos Perú.
Proyecto de Ley 05355/2020-CR Propone la libre competencia en el mercado de productos farmacéuticos y afines, en beneficio de los ciudadanos, limitando la concentración empresarial. - Acción Popular.
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