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Dentons: descubre las claves del pago de utilidades para este 2024

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Escribe: Comunicación Corporativa

Jueves 21 de marzo del 2023

Ya empezó el período de pago de utilidades correspondientes al ejercicio fiscal 2023, por lo que es clave conocer las disposiciones vigentes de este derecho de la legislación laboral peruana. Pamela Duffy, socia del área laboral de Dentons Perú, detalla los aspectos fundamentales del pago de utilidades, los requisitos mínimos, los derechos de los trabajadores, y las responsabilidades empresariales para su cumplimiento.

Las utilidades son un beneficio laboral que las empresas privadas distribuyen anualmente entre sus trabajadores y representan un porcentaje de las ganancias obtenidas por la empresa después de descontar impuestos e inversiones. «Es un derecho fundamental que busca recompensar la contribución de los trabajadores y fortalecer la rentabilidad de las empresas», explicó Duffy.

Es obligatorio que las empresas cumplan con el pago de las utilidades dentro de los 30 días posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal en el que se generaron las rentas. Este año, el pago podría estar comprendido entre el 25 de marzo y 13 de mayo.

El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones administrativas y demandas judiciales. «En este contexto, se aconseja a las empresas cumplir con esta obligación dentro de los plazos establecidos por ley y buscar asesoramiento legal especializado en derecho laboral en caso de dudas respecto al cálculo o ejecución del pago de utilidades», añadió la ejecutiva.

Obligación de repartir utilidades

El Decreto Legislativo Nº 892 y sus normativas complementarias, tales como el Decreto Supremo Nº 009-98-TR y el Decreto Legislativo Nº 677, establecen las pautas para el reparto equitativo de utilidades entre los trabajadores de las empresas, conforme a las normativas tributarias.

Se deben cumplir los siguientes presupuestos para que las empresas estén obligadas a repartir utilidades.

  • Haber generado rentas de tercera categoría
  • Tener un mínimo de 21 trabajadores en promedio durante el año fiscal
  • Haber generado utilidades durante el ejercicio respectivo

Beneficiarios

El hecho de trabajar en una empresa con esos requisitos es suficiente para ser beneficiario. «Es importante subrayar que el derecho a participar en las utilidades se adquiere desde el primer día de labores, sin necesidad de acumular un mínimo de servicios. Incluso aquellos trabajadores que laboran por un periodo menor a un mes tienen derecho a una participación proporcional, conforme a los días efectivamente trabajados», explicó la socia laboral.

Para los trabajadores a tiempo parcial, el calculo de las utilidades se realiza en función de las horas trabajadas hasta completar una jornada ordinaria, garantizando su participación equitativa.

Distribución y pago

El artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 892 establece que el 50% del total de las utilidades será repartido según los días laborados por cada trabajador, mientras que el otro 50% se distribuirá proporcionalmente a las remuneraciones de cada uno.

Es relevante mencionar que algunas empresas optan por establecer mecanismos adicionales de participación en las utilidades, ya sea por voluntad propia o en cumplimiento de acuerdos con sus trabajadores.

Los porcentajes legales de distribución de utilidades varían según la actividad económica de la empresa, de la siguiente manera:

  • Empresas pesqueras, de telecomunicaciones e industriales: 10%
  • Empresas mineras, de comercio al por mayor y menor, y restaurantes: 8%
  • Empresas que realizan otras actividades: 5%

 

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