Estudio Olaechea: las claves para suscribir contratos de arrendamiento postpandemia

Tiempo
de lectura:
3 min
Vistas:
791 lectores
Ahora estás leyendo: Estudio Olaechea: las claves para suscribir contratos de arrendamiento postpandemia
Tiempo
de lectura:
3 min
Vistas:
791 lectores
Escribe: Comunicación Corporativa

Martes 26 de septiembre del 2023

Luego de un año de que la pandemia se declarara concluida en el Perú, las empresas evalúan mantener sus modelos híbridos o impulsar un retorno progresivo a la presencialidad.

Según un reporte de RE Propiedades, en el segundo trimestre del año, el mercado de oficinas prime creció 20% en comparación con el mismo periodo del año pasado. «En este escenario, se debe remarcar que la pandemia generó nuevas consideraciones a tomar en cuenta en los contratos de arrendamiento, las cuales se han mantenido en el retorno a la normalidad», dijo Paloma Hoyos, asociada senior del Estudio Olaechea.

Una de estas consideraciones es la inclusión de cláusulas ante la ocurrencia de algún evento calificado como caso fortuito o de fuerza mayor que le impidiese a algunas de las partes cumplir con las obligaciones del contrato. «Lo recomendable en estos casos es establecer que dicho impedimento tenga cierto periodo de duración antes de que las partes puedan ejercer este mecanismo», explicó la ejecutiva.

Otro aspecto por considerar es la inclusión de una cláusula de pago de la contraprestación en función del área utilizada en el caso de que el uso del inmueble se vea afectado por factores ajenos a las partes. «Esta cláusula se incluye a raíz de las medidas que fueron impuestas en la pandemia que impedían el uso total de las oficinas. Previo a ello, lo habitual era tener que realizar el pago por el total del área del inmueble», sostuvo Hoyos.

Un tercer punto es que en la actualidad existe la posibilidad de negociar periodos forzosos más cortos. «Antes de la pandemia estos plazos podían ser de hasta cinco años. Ahora los recomendable es negociar la reducción de dichos periodos en el caso de que una de las partes tenga que aceptarlos por contrato», comentó la abogada.

Cabe resaltar, que la redacción de las cláusulas dependerá de cada caso. «Lo importante es que se tenga en cuenta que el propósito de incorporar estas cláusulas es evitar o aliviar la negociación futura sobre asuntos que pueden ser previstos antes de suscribir el contrato, evitando posibles controversias», concluyó Hoyos.

Noticias relacionadas

Inversión privada crece 13,2% en el primer trimestre, el mejor resultado en 13 años

Escribe: AmCham Perú
Leer más

GetAbstract: recomendaciones de lectura #153

Escribe: GetAbstract y Amcham Perú
Leer más

Evolución de las organizaciones… de la jerarquía a la liquidez

Escribe: Oscar La Torre, socio de consulting de PWC
Leer más

IALaw: ciberseguridad gana relevancia en empresas peruanas, pero persisten brechas de preparación

Escribe: Comunicación Corporativa
Leer más

Te puede interesar

GetAbstract: recomendaciones de lectura #153

IALaw: ciberseguridad gana relevancia en empresas peruanas, pero persisten brechas de preparación

KPMG: 71% de los CEOs del sector priorizará la inversión en IA Generativa

EY: ¿Cómo saber si el sistema confidencial de denuncias está funcionando?

Noticias relacionadas

Inversión privada crece 13,2% en el primer trimestre, el mejor resultado en 13 años

Escribe: AmCham Perú
Leer más

GetAbstract: recomendaciones de lectura #153

Escribe: GetAbstract y Amcham Perú
Leer más

Evolución de las organizaciones... de la jerarquía a la liquidez

Escribe: Oscar La Torre, socio de consulting de PWC
Leer más