EY Perú: cómo se calcula la remuneración del feriado, a quienes les corresponde y cuáles son las multas

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Escribe: Comunicación Corporativa

Jueves 15 de enero del 2026

Durante el 2026, el calendario peruano contempla 16 feriados de alcance nacional, que aplican tanto al sector público como al privado. De acuerdo con la legislación laboral peruana, los feriados son días de descanso obligatorio y remunerado para los trabajadores en planilla. Esto implica que las empresas deben pagar la jornada completa a sus trabajadores, incluso si no prestan servicios en dichos días.

“En caso de que un colaborador labore durante un feriado sin gozar de un descanso sustitutorio, la legislación establece el derecho a una triple remuneración: el pago habitual por el feriado, una remuneración adicional por el trabajo realizado y una tercera correspondiente a una sobretasa del 100%”, señala Mauricio Matos, Socio del Área Laboral de EY Perú.

Ahora bien, si el feriado coincide con el día de descanso semanal obligatorio, el trabajador solo percibirá el pago correspondiente al día de descanso.

El incumplimiento de las disposiciones laborales relacionadas con los feriados constituye una infracción calificada como “muy grave”, sujeta a sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Las multas pueden variar en función del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, con rangos que oscilan entre los S/ 14,465.00 y S/ 288,915.00 para una NO MYPE, según el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

“En los últimos años el número de días feriados se han incrementado significativamente, por lo que las empresas deberán revisar sus políticas internas y asegurarse de cumplir con las obligaciones legales en materia de feriados, a fin de evitar contingencias legales y sanciones económicas por parte de Sunafil”, afirma Matos.

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