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Conforme al artículo 22(1) del Reglamento, cuando la Corte de Arbitraje realice el nombramiento de un árbitro, éste debe ser miembro de la Nómina de Árbitros del Centro, salvo que, dadas las circunstancias del caso, considere apropiado nombrar a una persona que no pertenece a la nómina.
Formar parte de la Nómina de Árbitros del Centro no dispensa a un árbitro del procedimiento de confirmación establecido en el artículo 24 del Reglamento ni implica predisposición en su evaluación, la que se realiza según las circunstancias de cada caso.
Feris, José Ricardo
Fernandez-Armesto, Juan
Fernández Antuña, Antolín
Fernández de la Cuesta, Isabel
Fernández, Mercedes
Fernández-Arroyo, Diego
Figueroa Valdez, Juan Eduardo
Figueroa, Kenneth
Flores Rueda, Cecilia
Fonseca, Salvador
Fragata, Octavio
Frutos-Peterson, Claudia